Todo emprendedor, cuando ya tiene su idea probada se enfrenta a una decisión de vital importancia para que su proyecto siga creciendo, y es la formalización a través de la iniciación de actividades.
En Bravo Consultora llevamos años asesorando a cientos de emprendedores para que tomen la mejor decisión sobre el futuro de su negocio, y este punto no sólo es necesario para funcionar de acuerdo a las exigencias tributarias y legales, sino que es absolutamente estratégico.
Pero, como el emprendimiento en sus primeras fases no es algo fácil ni tampoco es usual que genere utilidades desde el primer minuto, los recursos son limitados y pudiera parecer tentador acortar algunos tiempos y costos para el inicio de actividades.
El inicio de actividades es un permiso que otorga el SII para realizar actividades comerciales y empresariales, con el cual desde ese momento, la empresa o persona natural se encuentran obligadas a declarar mensual y anualmente sus impuestos.
¿Es más fácil iniciar actividades como persona natural? Sí, tanto en primera categoría como en segunda categoría. En primera categoría se encuentran las actividades empresariales, y en segunda categoría las actividades como independientes, que usualmente se fundamentan a través de boletas de honorarios.
Pero vamos a enfocarnos en el inicio de actividades como persona natural en primera categoría ¿Es realmente conveniente? ¿Es una decisión que permitirá escalar a tu emprendimiento?
La respuesta corta es no, pero acá en Bravo Consultora te lo explicamos. Primero, tenemos que comentar que en este tipo de formalización no hay escritura, no hay más socios y el giro es flexible. Como mencionábamos, esta empresa, que funcionará con el rut de la persona, de igual manera está obligada, desde el momento en que inicia actividades a presentar los F29 y F22.
Como no hay estatutos, eso implica que no es necesario ir a notaría a firmar la escritura, obtener el rut de empresa, aportar capital y contratar una dirección tributaria, por lo que es mucho más rápido, y se da mucho en negocios con un alcance reducido, como por ejemplo almacenes de barrio, que si haces el ejercicio, es probable que la boleta que te entreguen no tenga rut de empresa, sino de persona natural.
¿Pero es conveniente este formato? Algo ya adelantábamos.
Es una realidad que emprender conlleva riesgos calculados que asume la persona con la idea de negocio, pero iniciar actividades ante el SII con rut personal pone en serio peligro el patrimonio personal del emprendedor ¿Por qué? Porque en caso de demandas, estafas, multas e intereses o liquidaciones forzosas, el emprendedor responde ante esas obligaciones hasta con su patrimonio personal, es decir, la casa, el auto, cuentas corrientes, entre otros, son embargables.
Además es un formato poco escalable, ya que como no se pueden incluir socios, puede que el crecimiento del negocio resulte más lento. Incluso este formato, como no hay claridad de lo que pertenece al negocio y qué corresponde al patrimonio personal, hay menos posibilidad de accesos a créditos y financiamiento.
Por esto, en Bravo Consultora, primero escuchamos tu idea de negocio, el contexto y proyección y te entregaremos siempre la mejor asesoría.
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