Hay noticias que no pueden pasar desapercibidas. Esta es una de ellas.
El 10 de julio de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago falló en contra del Servicio de Impuestos Internos y lo obligó —sin más excusas— a transparentar sus instrucciones internas respecto a las anotaciones que afectan a miles de contribuyentes. El fallo no solo aclara un punto legal, sino que evidencia algo que como contadores ya sabíamos hace rato, y es que el SII venía operando bajo una lógica cada vez más opaca, generando consecuencias graves para las empresas, sin explicar ni notificar nada.
En Bravo Consultora lo hemos vivido en carne propia. En el último año, hemos acompañado a cientos de pymes que han recibido anotaciones misteriosas, restricciones para emitir documentos, bloqueos de folios, y obstáculos para acceder a convenios de pago o condonaciones, todo sin una comunicación clara, sin justificación, y lo más grave es que lo hacen sin que el contribuyente entienda qué hizo mal.
Este fallo marca un antes y un después. Y acá te lo explicamos en detalle.
¿De qué trata este fallo?
La historia comienza con una solicitud de acceso a la información realizada por la abogada investigadora María Pilar Navarro, quien pidió conocer todas las instrucciones internas del SII que regulan anotaciones distintas de las descritas en el Oficio Circular N°4/2022. Quería saber qué otras anotaciones existen, por qué se imponen, qué consecuencias tienen para los contribuyentes y qué condiciones deben cumplirse para eliminarlas.
El SII, fiel a su estilo, respondió que esa información era secreta. Alegó que divulgarla afectaría la fiscalización y los intereses del país. Básicamente, dijo que era peligroso que los contribuyentes supieran cómo opera internamente el Servicio.
El Consejo para la Transparencia no consideró esa explicación y ordenó entregar la información. El SII apeló a la Corte. Pero esta vez, la Corte le dijo que no.
Lo que la Corte dejó claro
La Corte de Apelaciones fue categórica. El SII es un órgano público, y todo lo que hace —incluidas sus instrucciones internas— debe ser público, salvo que se acredite un daño real, presente y concreto por divulgarlo. No basta con decir que algo podría afectar el interés nacional. Hay que probarlo. Y el SII no lo hizo.
Además, la Corte reconoció algo fundamental. Estas instrucciones no son solo orientaciones internas. Son reglas que terminan afectando derechos de los contribuyentes. Si un contribuyente queda con una anotación, eso puede bloquearle folios, impedirle acceder a beneficios, e incluso generar una presunción de incumplimiento sin base legal. Por tanto, no pueden estar ocultas.
Una práctica habitual del SII
Quienes trabajamos todos los días con empresas, lo hemos visto muchas veces. El SII está usando anotaciones como herramienta de presión, sin dar explicaciones ni seguir un debido proceso. Lo más común:
- Aparecen anotaciones que nadie entiende (como la 43, la 4113, la 4111 o la inclusión en la nómina de difícil fiscalización).
- El contribuyente se entera cuando intenta emitir una factura o pedir un convenio.
- No hay carta, ni correo, ni aviso. Solo el bloqueo.
- Al preguntar, muchas veces ni siquiera los funcionarios del SII pueden explicar por qué está anotado o cómo levantar la anotación.
Esto no solo es un problema legal, es un problema de fondo. Porque en la práctica se castiga al contribuyente sin informarle, sin ofrecerle una instancia de descargo y sin que pueda ejercer su defensa. Y eso, en cualquier Estado de Derecho, es inaceptable.
¿Por qué es tan grave que estas instrucciones fueran secretas?
Porque con eso el SII podía imponer consecuencias gravísimas sin tener que dar explicaciones.
Supongamos que un contribuyente no asiste a una citación del SII. Según ciertas instrucciones internas, eso puede dar origen a una anotación que afecta su comportamiento tributario. Pero si esa anotación se basa en un documento secreto, que nadie puede conocer, el contribuyente no tiene forma de saber:
- Qué norma interna se está aplicando.
- Qué efectos tiene esa anotación.
- Cómo defenderse o levantarla.
Peor aún, el SII ha usado esas anotaciones para bloquear el acceso a beneficios, frenar devoluciones, denegar condonaciones o impedir emitir documentos tributarios. Y todo eso sin notificación previa. Así de simple.
El principio de transparencia siempre ha existido
Este fallo no inventa nada nuevo. Solo recuerda lo que ya está en la Constitución y en la Ley de Transparencia desde hace años. Todos los actos y decisiones de los órganos del Estado son públicos. Las excepciones son muy contadas, y deben justificarse. No basta con decir “esto es interno”.
El problema es que el SII venía interpretando estas normas a su conveniencia. Usaba sus oficios como si fueran secretos de Estado, cuando en realidad son actos administrativos que afectan directamente a las personas. Y como nadie los podía conocer, se volvían inmunes a cualquier reclamo o revisión.
Esta situación generó un poder desmedido. El SII podía anotar, restringir, bloquear o condicionar beneficios sin que nadie supiera exactamente por qué. Nosotros, como contadores, teníamos que “adivinar” qué se debía corregir para eliminar las trabas. Y muchas veces, ni siquiera adivinando era posible resolver. En nuestra experiencia, gracias a cientos de visitas al SII, hemos podido conocer, de boca de los fiscalizadores, los mecanismos para levantar algunas anotaciones pero no hay nada escrito, nada público, y por lo mismo en Bravo Consultora hemos decidido constantemente publicar información al respecto, para agregar valor y apoyar a los emprendedores de Chile.
¿Qué implicancias tiene este fallo?
Primero, el SII deberá entregar todas las instrucciones internas sobre anotaciones distintas a las del Oficio Circular N°4/2022. Esto incluye más de 300 tipos de anotaciones, sus causas, consecuencias y cómo se eliminan. Se viene un festín de información.
Segundo, cualquier contribuyente o contador podrá pedir estos documentos y usarlos como fundamento para defenderse si se aplica una anotación injusta o infundada.
Tercero, se establece un precedente: el SII no puede seguir ocultando cómo actúa ni cuáles son sus criterios para afectar a las empresas. Tiene la obligación de transparentar todo.
¿Por qué esto es un alivio para las pymes?
Porque muchas veces el contribuyente ni siquiera sabe por qué no puede emitir documentos, por qué se le niega una condonación, o por qué aparece en una lista que lo convierte en “cliente no confiable”. Y cuando pregunta, lo derivan de una oficina a otra, sin respuesta clara.
Con esta sentencia, ahora hay una base legal y judicial sólida para exigir explicaciones. No más respuestas vagas como “por instrucciones internas” o “por evaluación del comportamiento tributario”. No. Ahora esas instrucciones tienen que ser públicas, claras y justificadas.
Nuestra experiencia
En Bravo Consultora hemos visto de todo:
- Clientes que aparecen con anotaciones sin haber cometido errores.
- Empresas que no pueden emitir facturas, justo cuando necesitan cerrar un negocio.
- Restricciones para convenios de pago que llegan en momentos críticos.
- Formularios rechazados sin justificación aparente.
- Y siempre lo mismo: nadie del SII puede explicar claramente el porqué.
Esto no solo afecta el flujo de caja de las empresas. Afecta la confianza, la planificación, y el crecimiento. En algunos casos, incluso ha llevado a empresas a detener operaciones por semanas.
¿Y ahora qué sigue?
Este fallo es solo el inicio. Ahora toca fiscalizar que se cumpla. Que el SII realmente entregue los documentos. Que no los “interprete” para volver a negar acceso. Y que los contribuyentes puedan ejercer su derecho a conocer cómo y por qué se les aplican determinadas restricciones.
En Bravo Consultora vamos a seguir exigiendo ese cumplimiento. Vamos a revisar cada caso con más fuerza, y si detectamos que se sigue operando con documentos ocultos, haremos lo necesario para proteger a nuestros clientes.
Ya no estamos en la etapa de pedir explicaciones. Estamos en la etapa de exigir transparencia y respeto por los derechos de quienes pagan impuestos todos los meses.
Más información para trabajar mejor
Cuando una institución como el SII actúa sin transparencia, el riesgo no es solo legal. Es institucional. Porque pierde legitimidad, y los contribuyentes pierden confianza en el sistema. Y si eso pasa, se debilita la recaudación, la formalización y el cumplimiento voluntario.
No se trata de perseguir al SII. Se trata de recordarle que es un servicio público, pagado por todos nosotros, y que tiene la obligación de actuar con reglas claras, visibles y comprensibles.
Lo que ocurrió con este fallo es una victoria para todos los emprendedores, empresarios, contadores y trabajadores que cumplen, y que solo quieren reglas claras para trabajar tranquilos.
¿Te ha pasado algo parecido?
Si te han anotado sin explicarte por qué, si te bloquearon folios, si no te han permitido acceder a beneficios tributarios, o si simplemente sientes que el SII está actuando sin transparencia, te entendemos.
En Bravo Consultora no solo llevamos la contabilidad. Nos tomamos en serio la defensa de nuestros clientes. Sabemos leer entre líneas lo que el SII no explica, y sabemos actuar cuando es necesario.
Te acompañamos, te representamos, y exigimos lo que corresponde.
Porque tu empresa merece crecer con reglas claras, no con incertidumbre.
