Hay temas que la mayoría de las pymes deja para después. Uno de ellos es la presentación de declaraciones mensuales de impuestos ante el Servicio de Impuestos Internos. Cuando un negocio se detiene, cuando las ventas bajan, cuando un proyecto termina o cuando el emprendedor queda sin energía para sostener el día a día, lo normal es que las obligaciones tributarias queden en segundo plano. Pero el SII ya no mira estas situaciones con distancia. Hoy existe un nuevo procedimiento que permite la presunción de que tu pyme tiene un término de giro. Y la decisión no queda en tus manos, sino en una presunción creada por ley.
En Bravo Consultora recibimos a diario emprendedores que quieren entender qué está pasando. Muchos tampoco saben que estar incluso sin presentar sus declaraciones podría dar pie a un término de giro, según esta nueva resolución del SII.
artículo 69 del código tributario y la nueva modificación legal
El artículo 69 del Código Tributario establece desde hace años las reglas del término de giro. Pero la Ley 21.713 introdujo un cambio que ahora le da una nueva herramienta al SII. Esta herramienta está en el inciso final del artículo 69 y autoriza al Servicio a presumir que una empresa terminó su giro cuando cumple ciertas condiciones. Esta presunción opera incluso sin citación previa y se formaliza mediante una resolución del propio SII.
La resolución que regula todo este procedimiento es la Resolución Exenta SII N°171 del 27 de noviembre de 2025. Este documento fija el procedimiento que el SII seguirá desde el 1 de marzo de 2026 para aplicar esta presunción legal de término de giro.
Identificar exactamente lo que dice la ley y cómo se aplicará es clave para cualquier pyme. Si tu empresa está inactiva, no has presentado declaraciones o no entiendes los avisos del SII, este artículo te servirá para tomar control.
ojo si tienes seis declaraciones mensuales sin presentar
El punto de partida del procedimiento de término de giro es simple. Si acumulas seis o más períodos tributarios continuos sin presentar declaraciones mensuales, el SII queda facultado para iniciar acciones para evaluar si tu empresa dejó de operar. No importa si tu pyme está activa, si pausaste operaciones por temporadas, si estás reorganizando el negocio o si no has vendido nada. Lo que activa el proceso es la falta de declaraciones mensuales.
El SII debe realizar acciones de contacto. La resolución señala que estas acciones pueden incluir un correo, un mensaje en tu sitio privado en MiSII, una llamada o incluso una visita en terreno. Todo con el objetivo de avisarte que estás en esta situación y que el Servicio está evaluando si tu empresa debe realizar el término de giro o no.
Cuando se cumplen los seis meses sin declaraciones, el SII enviará un correo que quedará disponible en tu portal. Ese correo se convierte en el punto de partida del plazo más importante del proceso.
tienes seis meses para decir si continúas o no
La resolución define que, una vez enviado ese correo, tienes seis meses para regularizar tus declaraciones o para comunicar en el sitio web del SII si tu empresa sigue operando.
Durante estos seis meses tienes dos caminos.
Confirmar la continuidad de actividades en la opción “Comunicar cese/continuidad de actividad”.
Regularizar tus declaraciones mensuales.
Si haces cualquiera de estas dos cosas, la presunción no se aplica.
Durante este tiempo, el SII espera tu decisión. Esa espera es clave porque la ley exige que el Servicio te dé la oportunidad de confirmar que tu pyme sigue activa. No basta con presentar una declaración aislada. Debes manifestar tu intención de continuar o reiniciar tus actividades de forma regular.
cuándo se activa la presunción legal de término de giro
Si pasan los seis meses y no regularizaste tus declaraciones mensuales y tampoco informaste la continuidad de actividades, el SII queda facultado para presumir el término de giro. Esta presunción solo se activa si cumples todas las siguientes condiciones de forma conjunta:
No tienes utilidades pendientes de tributación.
No tienes activos pendientes de tributación.
Si existen utilidades o activos, no hay diferencias netas de impuestos por determinar.
No tienes deudas tributarias vigentes.
Si una sola de estas condiciones no se cumple, la presunción no se aplica.
La resolución recuerda que esta es una presunción simplemente legal. Eso significa que admite prueba en contrario. Puedes oponerte si tienes información que acredite que tu pyme sigue existiendo y no ha terminado su actividad económica.
qué pasa si el sii presume el término de giro
Si el SII aplica la presunción, emitirá una resolución. Esa resolución será el único documento que certificará que tu pyme terminó su giro a la fecha indicada. No se emitirá un certificado complementario. Esa misma resolución llegará mediante los mecanismos de notificación habituales.
Aquí hay un punto relevante. Esta resolución puede ser revisada por dos vías administrativas. Puedes solicitar una Revisión de la Actuación Fiscalizadora, conocida como RAF. También puedes utilizar la Reposición Administrativa Voluntaria, llamada RAV. Otra alternativa es reclamar ante el Tribunal Tributario y Aduanero según el procedimiento del artículo 124.
Qué significa esto para una pyme. Que si el SII presume tu término de giro, tienes derecho a discutir esa decisión y entregar antecedentes. Pero el procedimiento no parte desde cero. El SII ya habrá reunido tu información completa en tu carpeta tributaria electrónica, incluyendo constancia de que no tienes deudas.
La declaración de término de giro presunto entra en vigencia desde marzo de 2026. A partir de esa fecha, cualquier pyme que acumule seis meses sin declaraciones y no regularice su situación quedará expuesta a este proceso.
por qué el sii está aplicando este cambio
El SII recibe miles de casos de empresas que dejan de operar y nunca presentan término de giro. También existen empresas que abandonan su actividad y no cierran correctamente sus libros ni sus obligaciones tributarias. Esto genera inconsistencias que afectan el control tributario y la gestión del Servicio.
La ley le entregó al SII la facultad de detectar este tipo de situaciones de forma más eficiente. La idea es ordenar el padrón de contribuyentes y evitar que existan empresas que aparecen como activas pero que dejaron de operar hace años.
El objetivo central es resguardar el interés tributario. Si una empresa no declara por seis meses y no responde al contacto del SII, la ley presume que no tiene actividad económica. Para evitar decisiones unilaterales sin información, el SII exige que la empresa no tenga utilidades ni activos pendientes de tributación y que no existan deudas vigentes.
Este punto es clave para evitar que el SII presuma el término de giro de una pyme que tiene movimientos relevantes.
cómo afecta esto a las pymes que tienen actividad irregular
Muchas pymes tienen actividad por temporadas. Otras pasan por crisis temporales. Algunas dedican meses a buscar clientes, pero no generan ventas. También otras están recién comenzando y aún no logran tracción. Y muchas dependen del tiempo personal del emprendedor.
En Bravo Consultora vemos estos casos muy seguido. Emprendedores que se concentraron en operaciones y dejaron de lado el cumplimiento. Pymes que pausaron su actividad por tres o cuatro meses, pero que sí tienen planes de retomar el giro. Personas naturales con giro activo que no han emitido documentos tributarios en meses. Empresas que recién nacieron y no entienden bien la diferencia entre estar sin ingresos y estar inactivas ante el SII.
Si no presentas declaraciones mensuales durante seis períodos continuos, entras en zona de riesgo. Y si después no regularizas ni informas continuidad, el Servicio puede presumir que tu empresa terminó su giro.
Este cambio obliga a que cualquier pyme lleve su contabilidad mensual al día. Es aquí donde un contador mensual para empresa deja de ser opcional. Y es aquí donde un servicio contable con asesoría contable constante marca la diferencia para evitar que el SII aplique medidas que afectan tu actividad económica.
la importancia de contar con apoyo profesional para evitar errores
Si tienes una pyme, el cumplimiento tributario mensual es parte esencial de tu operación. No es un trámite que puedas dejar para después. La contabilidad mensual es la base para declarar IVA, PPM, retenciones y cualquier obligación frente al Servicio de Impuestos Internos.
Una empresa de contabilidad o un outsourcing contable no sirve solo para declarar impuestos. Su valor está en evitar que caigas en procesos como la presunción legal de término de giro. Si llevas seis meses sin declarar IVA o no has presentado declaraciones por inactividad, necesitas regularizar antes de que el SII envíe ese correo que activa el plazo crítico.
En Bravo Consultora tenemos planes de servicio contable, asesorías contables para pymes, contabilidad mensual y consultoría tributaria permanente. Atendemos a emprendedores que buscan evitar multas tributarias o complicaciones con fiscalización del SII. Y trabajamos de forma directa con cada cliente para que no enfrente problemas derivados de la ausencia de declaraciones.
Por eso estos cambios no son solo una obligación legal. Son una señal de que las pymes necesitan un contador para pyme de forma continua, no esporádica. La regularización de impuestos requiere revisión detallada, y cada movimiento debe quedar reflejado correctamente para evitar anotaciones, bloqueos o medidas como la anotación 52 del SII.
la presunción de término de giro con otras medidas recientes del sii
El SII ha mostrado una tendencia clara a fortalecer los controles. En los últimos años se han establecido cambios en procesos como anotaciones, fiscalizaciones y bloqueos de folios. El objetivo es ordenar la información tributaria de las empresas.
La presunción legal de término de giro es parte de esta tendencia. El Servicio quiere identificar si una pyme está realmente activa y si corresponde mantenerla en el padrón. La Circular 32 de 2025 ya había adelantado esta idea. Esa circular estableció que el SII puede tomar acciones cuando detecta seis períodos sin declaraciones. La resolución recién publicada fija los pasos concretos.
En el contexto general, el Servicio está tratando de evitar que existan empresas sin actividad durante años y que nunca formalizan su cierre tributario. Esto genera inconsistencias y afecta el funcionamiento del sistema.
Por eso las pymes deben prestar atención a estas medidas. Ya no basta con estar registrado en el SII. Debes presentar tus declaraciones, aunque no tengas ventas. Y tener tus libros en orden. Junto con eso hay que revisar tu carpeta tributaria. Y necesitas apoyo para mantener tu actividad regular.
qué deben hacer los emprendedores desde ahora
Esta medida entra en vigencia el 1 de marzo de 2026. Desde hoy, los emprendedores pueden prepararse, revisando sus movimientos mensuales y evitando lagunas.
En Bravo Consultora acompañamos este proceso a diario. Nuestro servicio contable mensual y nuestra asesoría tributaria están diseñados para evitar que una pyme quede en riesgo por descuido o falta de apoyo técnico.
La presunción legal de término de giro se aplicará de forma automática cuando se cumplan los requisitos y no haya respuesta del contribuyente. Esta es la parte que muchos emprendedores no conocen. El SII no enviará una citación previa. Solo emitirá una resolución fundada.
Este punto hace que el cumplimiento tributario mensual ya no sea una tarea administrativa. Es la base para mantener activa tu empresa y evitar medidas automáticas.
las pymes que más riesgo tienen
Las pymes que suelen caer en riesgo comparten varios patrones.
Pymes que trabajan por temporadas.
Personas naturales con giro que no declaran durante meses.
Empresas que paralizan actividad sin conocimiento de su obligación tributaria.
Emprendedores que están partiendo y no entienden la diferencia entre “no facturar” y “no declarar”.
Empresas que no han contratado servicio contable para pyme y dejan todo a última hora.
Pymes que no tienen un contador para pyme que entregue información clara.
Negocios que trabajan al día y no tienen tiempo para cumplir con declaraciones.
Pymes que no han contado con una consultora para pymes o un outsourcing contable que mantenga orden.
Negocios que no actualizan sus obligaciones y no revisan mensajes del SII.
Si tu empresa está en una de estas categorías, necesitas orden tributario antes de marzo de 2026.
Esto no tiene que ser un problema si tomas medidas a tiempo.
por qué este cambio obliga a que las pymes tengan asesoría permanente
Si el SII asume que tu empresa terminó su giro, tendrás que corregir tu situación para reactivarla. Esto implica tiempo, costos y procedimientos adicionales.
Tener asesoría contable permanente evita decisiones del SII basadas en falta de información. Cuando una empresa deja de presentar declaraciones, el SII no sabe cuál es su realidad. No sabe si cerró, si está en pausa o si tiene movimiento pendiente. Al no tener información, aplica el mecanismo que la ley le permite.
Con una asesoría tributaria adecuada, la empresa mantiene su relación con el SII al día. Las declaraciones se presentan a tiempo. Los libros están ordenados. Los movimientos se controlan. Todo queda transparente para el Servicio.
a modo de conclusión
La nueva presunción de término de giro es un aviso claro. El SII está ordenando el padrón tributario. Y las pymes deben ordenar sus obligaciones para evitar quedar fuera por omisión.
En Bravo Consultora acompañamos a emprendedores todos los días. Sabemos que una pyme puede estar inactiva, sin ventas o en pausa, pero sigue siendo un proyecto valioso que necesita mantenerse activo ante el Servicio. La clave está en el orden y en la continuidad.
Si estás en esta situación o si quieres prevenirla, es buen momento para revisar tus declaraciones, ordenar tus libros y actuar con tiempo. Tu empresa necesita estabilidad y claridad. Y nosotros estamos aquí para ayudarte a tomar decisiones correctas en cada etapa.
