¿Cuándo habilitará el sii el registro de feriantes?

contador explica el regimen de feriantes del sII

Los emprendedores de ferias libres llevan meses con incertidumbre. Desde que se anunció el Régimen Tributario Especial Ferias Libres, muchos esperaban respuestas para poder proceder con este cambio. El problema es que la información oficial ha avanzado lento y eso ha generado confusión sobre qué deben declarar hoy, cuándo cambiar de régimen y qué va a exigir el Servicio de Impuestos Internos en 2026.

En nuestra consultora escuchamos esa preocupación de manera recurrente, tanto de personas que ya ejercen como feriantes, como aquellos que se quieren formalizar con nosotros. Personas que quieren trabajar tranquilas, cumplir con sus obligaciones y no exponerse a multas o bloqueos. Por eso investigamos de forma directa. Conversamos con fiscalizadores del SII y reunimos los antecedentes que sí están confirmados por ellos. Esta información es la que compartimos contigo para que tomes decisiones con claridad.

incertidumbre de los feriantes

La Ley 21.745 creó el Régimen Tributario Especial Ferias Libres. Esta ley busca simplificar la forma en que los feriantes cumplen sus obligaciones. El anuncio generó expectativas, aunque también abrió una lista de preguntas. Algunos pensaron que el cambio sería automático. Otros creyeron que ya no debían declarar nada de inmediato. Otros quedaron sin saber si debían seguir en el régimen general. Esta falta de claridad afectó decisiones diarias. Muchos no sabían si mantener su contabilidad mensual o si seguir presentando su declaración de impuestos como una pyme tradicional.

Mientras tanto, el SII recopiló la información entregada por los municipios. Cada municipio informó al Servicio quién cuenta con patente o permiso municipal. Esa información es clave, porque define a quién le corresponde ingresar al nuevo régimen y quién seguirá en el régimen Pro Pyme General 14D.

La ausencia de un comunicado detallado del SII generó la sensación de que el sistema estaba incompleto. Por eso realizamos consultas directas con fiscalizadores. Ellos nos confirmaron qué ocurrirá y cuándo se habilitará el registro para que cada feriante haga su solicitud.

lo que los fiscalizadores del SII nos dijeron

Lo que recogimos de fiscalizadores del SII nos permitió tener más luces al respecto. Quien tenga patente o permiso municipal de feria libre deberá solicitar el ingreso al régimen especial desde enero 2026. El trámite no será automático. Cada feriante tendrá que realizarlo en el portal del Servicio. El registro estará disponible durante ese mes y será requisito para acceder a los beneficios del nuevo régimen. Esto significa que, hasta diciembre 2025, sigues dentro del régimen general del IVA. Si estás en el régimen Pro Pyme General 14D, debes seguir declarando tus compras y ventas como cualquier empresa. Deben considerar que una vez que se inscriban en este registro, al mes siguiente de su inscripción formará parte del nuevo régimen.

Un punto relevante que también confirmaron es que las empresas proveedoras de dispositivos de pago tendrán un rol en la retención del impuesto asociado al funcionamiento del régimen. Para que funcione correctamente, tendrás que pedir a tu proveedor que active esa retención desde enero 2026.

Esta información elimina la incertidumbre más grande. El proceso depende del SII y será habilitado en enero 2026. No habrá un adelanto. Tampoco habrá modificaciones al mecanismo de solicitud definido en la Ley 21.745.

por qué enero 2026 será un mes importante para los feriantes

Enero 2026 marcará una diferencia en cómo operan y declaran sus movimientos. Desde ese mes podrás solicitar el cambio a Régimen Tributario Especial Ferias Libres. Si no lo haces, seguirás en el régimen general y continuarás declarando como hasta ahora. Esto puede generar inconsistencias entre tu actividad y la forma en que el Servicio espera que declares.

La incorporación no es solo un trámite. Afecta tu declaración de renta. Afecta tus libros y cómo se registran tus ingresos. También afecta la forma en que el SII revisa tu información. Los fiscalizadores confirmaron que este régimen se estructuró para simplificar. Aun así, sigue siendo necesario mantener orden y cumplir en tiempo.

qué pasa hoy con los feriantes que quieren ordenarse

Hoy, mientras el registro no está habilitado, debes seguir con tu contabilidad mensual en el régimen general. Si declaras tarde o con errores, quedas expuesto a anotaciones como la anotación 52 del SII. También quedas frente a multas tributarias y posibles bloqueos. En Bravo Consultora vemos a muchos feriantes que no sabían que debían declarar. Esto genera confusión cuando reciben avisos del Servicio.

Si tú trabajas en feria y tienes movimientos frecuentes en dispositivos de pago o cuentas bancarias, el SII cruzará esa información cuando revise tus declaraciones. Si no coinciden, activa procesos de revisión. Esto ocurre sin excepción. Por eso corresponde mantener tus movimientos ordenados. No necesitas complejidad, pero sí orden mínimo.

conclusión

El Régimen Tributario Especial Ferias Libres llegó para buscar ayudar a un sector importante de emprendedores. La parte que faltaba era conocer cuándo habilitará el SII el registro que permite el ingreso. Hoy esa duda tiene respuesta. El trámite estará disponible desde enero 2026. Esa es la fecha confirmada por fiscalizadores del Servicio. Lo responsable es prepararte desde ahora para ingresar sin problemas.

En Bravo Consultora trabajamos con emprendedores que buscan claridad en un sistema que a veces parece confuso. Nuestro compromiso es entregar servicios de contabilidad mensual, asesorías contables y apoyo técnico directo frente al SII. Cuando conoces tus obligaciones y mantienes orden, puedes trabajar sin presión. Aquí encuentras un equipo que entiende tu realidad y que te acompaña con información precisa y apoyo constante.

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